sábado, 28 de enero de 2017

Discapacidad, Pensión de alimentos y ex-vivienda familiar

Deniegan a la madre de una hija discapacitada el uso indefinido de la casa de su exmarido.
La mujer obtuvo la pensión alimentaria permanente por tener un hijo dependiente y quiso alargar también el derecho a la vivienda.
- J.M.B.ABC Valencia, 27/01/2017
El Tribunal Supremo ha negado a una divorciada que se hace cargo de una hija discapacitada el uso indefinido de la casa de su exmarido, según consta en el 1º pronunciamiento del alto tribunal sobre el uso de la vivienda que fue familiar en caso de una separación con estas características.
La madre, que ya vivía con su hija mayor de edad pero dependiente en el domicilio que es propiedad del padre, pidió el uso indefinido de la casa, al igual que había obtenido la pensión de alimentos, sobre la base de que los hijos mayores de edad dependientes son equiparables a los menores.
Cuando uno de los progenitores se hace cargo de un menor tiene derecho a recibir una pensión de alimentos hasta que llegue a la edad adulta, y del mismo modo, cuando el hijo no puede valerse por sí mismo dicha pensión se debe mantener de forma permanente, tal y como ha acordado el Supremo también en este caso.
Sin embargo, la madre solicitó el uso indefinido de la casa tratando de convertir ese derecho en permanente, igual que en el caso de las pensiones alimenticias, pero tanto el juzgado de instancia como la A. P. de Valencia concluyeron que dicho derecho únicamente se debía conceder por 3 años.
La mujer siguió con su reclamación y presentó recurso de casación ante el Supremo, que ahora ha sido rechazado.
Este Tribunal no ve posible conceder el derecho de uso permanente de la vivienda porque es propiedad del padre y acceder a esta petición "supondría imponer al padre una limitación durante toda su vida que vaciaría de contenido económico su derecho de propiedad".

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