martes, 11 de octubre de 2016

Mexico: Divorcio voluntario y necesario


Lic. Tirso Adolfo Liévano Hernández, 10.10.2016

Con gran frecuencia nos enteramos que amigos o conocidos nuestros deciden poner fin a su matrimonio, por un sin número de razones que no son motivo en este momento de analizar.
La pregunta es ¿qué es el divorcio?
¿Cuántas clases de divorcio existen?
Nuestro Código Civil vigente en el Estado de Baja California, señala que el divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.
De acuerdo a esta Legislación Civil se puede clasificar  el divorcio en: Divorcio Administrativo, Divorcio Voluntario Judicial y el Divorcio Necesario.
Por lo extenso del tema únicamente comentaremos los puntos que considero más importantes del divorcio voluntario judicial y necesario, ya que estos se tramitan ante el Juzgado de lo Familiar, aclarando que el divorcio administrativo desde luego es importante, solo que este se lleva a cabo ante el oficial del Registro Civil.
I.- DIVORCIO VOLUNTARIO JUDICIAL.- Este divorcio voluntario o por mutuo acuerdo para que pueda llevarse a cabo, deberá tramitarse ante el Juez de lo Familiar a través de un escrito solicitando la disolución del vínculo matrimonial.
Como dato importante deberá celebrar un convenio que fija 5 puntos básicos los cuales son:
a).- Persona a quien se confían los hijos durante y después del divorcio. (custodia de los hijos durante y después del divorcio incluyendo horas de visita)
b).- La forma de subvenir las necesidades de los hijos, durante el procedimiento como después del divorcio.
c).- La casa que servirá de habitación a cada uno de los cónyuges durante el procedimiento de divorcio.
d).- Cantidad que a título de alimentos un cónyuge debe entregar al otro durante el procedimiento y después del divorcio
e).- Liquidación de la sociedad conyugal si por éste régimen se casaron.
Lo anterior debe ser aprobado por el ministerio público adscrito juzgado y por el sistema para el desarrollo integral de la familia; Acudir a una junta de conciliación y de no conciliar, se pasa a la junta de avenencia y si persisten en divorciarse se dictará sentencia.
II.- DIVORCIO NECESARIO.-En este divorcio podemos decir que es promovido por un solo cónyuge en la mayor de las veces fundada en una causa grave que ha motivado la contraparte.
Este divorcio prácticamente en el 95 % de las veces es muy desgastante emocionalmente, dura mucho tiempo, costoso, en el cual se tienen que aportar pruebas, darle vista al ministerio público adscrito al juzgado, al sistema para el desarrollo integral de la familia, en ocasiones se tiene pérdida de patria potestad de los menores hijos, se debe asegurar la pensión alimenticia, lo que es desde mi punto de vista es muy delicado es que los menores hijos en ocasiones son llevados a declarar acerca de los problemas de los padres,  entre otras cosas que este tipo de divorcio conlleva.
En ambos divorcios concluyen con una sentencia, misma que debe ser inscrita en la oficialía del registro civil en donde se haya celebrado el matrimonio y lo que es importante solicitar el acta de divorcio.

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