miércoles, 16 de septiembre de 2015

¿Cómo se tramita el DNI y el pasaporte de un menor?



Por EROSKI CONSUMER / 19 de junio de 2014

Aunque la expedición del DNI solo es obligatoria para las personas mayores de 14 años, conviene tramitárselo a los niños, junto con el pasaporte, para que estén identificados a la hora de abrirles una cuenta corriente bancaria o una libreta o realizar un viaje al extranjero. Antes de hacer un desplazamiento y, con el fin de evitar sorpresas desagradables de última hora, es aconsejable iniciar los trámites del DNI y pasaporte de los menores con tiempo, y no esperar a las épocas del año más propicias para viajar o a las vacaciones escolares. 
En el siguiente artículo se detalla por qué es recomendable gestionar el DNI y el pasaporte de los hijos y cuál es la forma en que se debe llevar a cabo.

Por qué conviene tramitar el DNI y el pasaporte de un menor


En una sociedad como la actual, en la que los viajes al extranjero, los desplazamientos en avión, u otros medios de transporte, o los distintos trámites administrativos y bancarios están cada vez más generalizados, se hace indispensable la expedición del DNI y el pasaporte de los menores.

El DNI solo es obligatorio para los mayores de 14 años, pero se puede tramitar desde los 3 meses de edad

La apertura de una cuenta corriente bancaria o la contratación de una libreta, para que un niño vaya disponiendo de unos ahorros de cara al futuro, requieren que el menor tenga DNI.

Además, el turismo, la emigración en busca de trabajo y los viajes al extranjero se han extendido tanto en estos últimos años, que se hace imprescindible tener en regla los papeles de identificación de toda la familia. Además, viajar con menores implica contar con documentación adicional que puede variar en función del medio de transporte que se utilice y del destino elegido.

Por ello, a la hora de tramitar este tipo de documentos, no conviene esperar a las vacaciones escolares o a las épocas del año más propicias para hacer viajes, puesto que se suele multiplicar el número de solicitantes. Es mejor adelantarse, ya que la expedición de ciertos documentos es un trámite que puede retrasarse varios días.

Cómo se solicita la documentación de un menor


Tanto para tramitar el DNI, como el pasaporte, se puede solicitar cita previa en el teléfono 902247364, o a través de Internet, y acudir a un equipo de expedición del DNI o del pasaporte, que suele encontrarse en las jefaturas superiores y comisarías de policía.

Debe presentarse el niño, si es menor de 14 años o está incapacitado (salvo que padezca una enfermedad que se lo impida), acompañado de la persona que ejerza la patria potestad o su tutela.

A determinadas localidades sin comisaría llega un equipo móvil, que avisa con antelación de las fechas señaladas para la visita, y que se instala en el ayuntamiento de que se trate. Los residentes en estos municipios pueden obtener el DNI o el pasaporte aportando los mismos documentos que en los equipos fijos.

·       1. Documentación necesaria para expedir el DNI

El DNI (Documento Nacional de Identidad) es un carné exigible por la autoridad y, aunque solo los ciudadanos mayores de 14 años están obligados a contar él, hay compañías aéreas y navieras que lo solicitan para identificar a pequeños menores de esa edad. Con el DNI se puede viajar a cualquier lugar de España y también a todos los países de la UE y del Espacio Económico Europeo (EEE).

La vigencia del DNI es de 5 años, cuando el titular no ha cumplido los 30 años en el momento de la expedición. Para solicitar su tramitación es imprescindible la presencia física del solicitante, el abono de la tasa legalmente establecida (que para la primera expedición y la renovación es de 10,50 euros) y la presentación de los siguientes documentos:

o   El certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil correspondiente o, en su caso, el certificado de inscripción de la nacionalidad española. Este documento debe ser expedido con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud y con la mención expresa de que se pide para obtener el DNI.

o   Una fotografía reciente en color, de tamaño de carné, con fondo blanco, con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros, o cualquier otra prenda que pueda impedir la identificación de la persona.

o   El certificado de empadronamiento del ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del DNI.

o   El libro de familia y el DNI de los padres o cualquier documento que demuestre la relación de parentesco o la asignación de la tutela.

o   Los españoles residentes en el extranjero tienen que acreditar el domicilio mediante la certificación de la representación diplomática o consular donde estén inscritos como residentes.

o   Si el solicitante es menor de 14 años o incapaz, se hace entrega del documento en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o la tutela o a una persona apoderada por aquella. Si el solicitante es mayor de 14 años, puede recogerlo él mismo.

o   El adulto que acompaña al niño debe acreditar su identidad (con el DNI, si es español, o con la tarjeta de residencia o su pasaporte, si es extranjero). Además, tiene que probar su relación de parentesco con el menor mediante el libro de familia o la resolución judicial o administrativa que le atribuya la asignación de la tutela o la patria potestad. 

¿Cómo se tramita el DNI y el pasaporte de un menor?

Conviene iniciar la expedición del DNI y pasaporte de los niños con tiempo, y no esperar a las épocas del año en que más se viaja o a las vacaciones escolares
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Aunque la expedición del DNI solo es obligatoria para las personas mayores de 14 años, conviene tramitárselo a los niños, junto con el pasaporte, para que estén identificados a la hora de abrirles una cuenta corriente bancaria o una libreta o realizar un viaje al extranjero. Antes de hacer un desplazamiento y, con el fin de evitar sorpresas desagradables de última hora, es aconsejable iniciar los trámites del DNI y pasaporte de los menores con tiempo, y no esperar a las épocas del año más propicias para viajar o a las vacaciones escolares. En el siguiente artículo se detalla por qué es recomendable gestionar el DNI y el pasaporte de los hijos y cuál es la forma en que se debe llevar a cabo.

Por qué conviene tramitar el DNI y el pasaporte de un menor

En una sociedad como la actual, en la que los viajes al extranjero, los desplazamientos en avión, u otros medios de transporte, o los distintos trámites administrativos y bancarios están cada vez más generalizados, se hace indispensable la expedición del DNI y el pasaporte de los menores.
El DNI solo es obligatorio para los mayores de 14 años, pero se puede tramitar desde los tres meses de edad
La apertura de una cuenta corriente bancaria o la contratación de una libreta, para que un niño vaya disponiendo de unos ahorros de cara al futuro, requieren que el menor tenga DNI.
Además, el turismo, la emigración en busca de trabajo y los viajes al extranjero se han extendido tanto en estos últimos años, que se hace imprescindible tener en regla los papeles de identificación de toda la familia. Además, viajar con menores implica contar con documentación adicional que puede variar en función del medio de transporte que se utilice y del destino elegido.
Por ello, a la hora de tramitar este tipo de documentos, no conviene esperar a las vacaciones escolares o a las épocas del año más propicias para hacer viajes, puesto que se suele multiplicar el número de solicitantes. Es mejor adelantarse, ya que la expedición de ciertos documentos es un trámite que puede retrasarse varios días.

Cómo se solicita la documentación de un menor

Tanto para tramitar el DNI, como el pasaporte, se puede solicitar cita previa en el teléfono 902247364, o a través de Internet, y acudir a un equipo de expedición del DNI o del pasaporte, que suele encontrarse en las jefaturas superiores y comisarías de policía.
Debe presentarse el niño, si es menor de 14 años o está incapacitado (salvo que padezca una enfermedad que se lo impida), acompañado de la persona que ejerza la patria potestad o su tutela.
A determinadas localidades sin comisaría llega un equipo móvil, que avisa con antelación de las fechas señaladas para la visita, y que se instala en el ayuntamiento de que se trate. Los residentes en estos municipios pueden obtener el DNI o el pasaporte aportando los mismos documentos que en los equipos fijos.
  • 1. Documentación necesaria para expedir el DNI
    El DNI (Documento Nacional de Identidad) es un carné exigible por la autoridad y, aunque solo los ciudadanos mayores de 14 años están obligados a contar él, hay compañías aéreas y navieras que lo solicitan para identificar a pequeños menores de esa edad. Con el DNI se puede viajar a cualquier lugar de España y también a todos los países de la UE y del Espacio Económico Europeo (EEE).
    La vigencia del DNI es de cinco años, cuando el titular no ha cumplido los 30 años en el momento de la expedición. Para solicitar su tramitación es imprescindible la presencia física del solicitante, el abono de la tasa legalmente establecida (que para la primera expedición y la renovación es de 10,50 euros) y la presentación de los siguientes documentos:
    • El certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil correspondiente o, en su caso, el certificado de inscripción de la nacionalidad española. Este documento debe ser expedido con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud y con la mención expresa de que se pide para obtener el DNI.
    • Una fotografía reciente en color, de tamaño de carné, con fondo blanco, con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros, o cualquier otra prenda que pueda impedir la identificación de la persona.
    • El certificado de empadronamiento del ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del DNI.
    • El libro de familia y el DNI de los padres o cualquier documento que demuestre la relación de parentesco o la asignación de la tutela.
    • Los españoles residentes en el extranjero tienen que acreditar el domicilio mediante la certificación de la representación diplomática o consular donde estén inscritos como residentes.
    • Si el solicitante es menor de 14 años o incapaz, se hace entrega del documento en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o la tutela o a una persona apoderada por aquella. Si el solicitante es mayor de 14 años, puede recogerlo él mismo.
    • El adulto que acompaña al niño debe acreditar su identidad (con el DNI, si es español, o con la tarjeta de residencia o su pasaporte, si es extranjero). Además, tiene que probar su relación de parentesco con el menor mediante el libro de familia o la resolución judicial o administrativa que le atribuya la asignación de la tutela o la patria potestad.
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13 comentarios:

Unknown dijo...

Hola ! En mi divorcio la madre de mi hijo exigio la prohibición de salida del país de nuestro hijo, actualmente tiene la oportunidad de viajar al extranjero y me pide mi autorización para la expedición del pasaporte. La cuestión es que ella se niega a que yo pueda viajar con mi hijo a mi país, pero ella si quiere viajar; si yo firmo ahora quién me garantiza que el próximo año al renovar ella me niegue la oportunidad ?
Que puedo hacer ? Busco la autorización mediante un fedatario ?
Gracias por su atención.
Que tengan un buen día.
Roberto. :)
fuentesrober15@gmail.com

Unknown dijo...

Hola soy divorciado con una niña, se le ha de renovar el dni, la custodia es compartida, que direccion he de poner en su dni, la mia o donde este empadronada, gracias.

TDRC dijo...

Hola,voy a comentar mi caso.
Tengo un hijo que cumplira próximamente 11 años.Separada desde que tiene 2 meses y 21 dias de nacido. No estabamos casados,pero fue una separación por malos tratos desde que estaba embarazada.Tuvimos 4 años de orden de alejamiento.Antes de que mi hijo cumpliera los dos años pude hacerle el pasaporte y el dni para poder viajar al Caribe a pasar las vacaciones con nuestra familia.Pasados 4 años volvimos a viajar.pasados unos años de conflictos interminables con su padre,hubo otra orden de alejamiento y esta vez visitas supervisadas en un punto de encuentro,hace unos 9 años no hubo ningún problema para hacer su pasaporte español.El dia de hoy 20 de mayo de 2019, nos precentamos con cita previa en la comisaría de nuesta localidad para renovar por tercera vez el pasaporte a mi hijo,con fin de viajar en vacaciones a ver a nuestra familia. El resultado ha sido muy desagradable,al decirme la funcionaria que en el año 2014 salio una nueva ley que obligan a firmar los dos progenitores,aunque tenga yo la custodia si la patria potestad es de los dos.Ahora pregunto yo????....con el historial de malos tratos,humillaciones tanto hacia mi hijo como hacia mi,que actualmente las visitas se realizan mediante un punto de encuentro,este señor y yo no tenemos ningún tipo de contacto. En el caso que no quiera firmar por el simple hecho de que dependemos de el para poder viajar. ¿ Tendríamos que esperar la mayoría de edad? Les dire que me siento humillada,parece ser que las mujeres,madres,hijos,víctimas de violencia de géneros en este país estamos condenadas de por vida,cuando deberíamos tener unos derechos minimos,sobre todo nuestros hijos que ya han sufrido bastante. Agradecería vuestra ayuda

Evy_lorios dijo...

Hola soy divorciada con un bebé de 21 meses,quiero sacarle el DNI y su padre no me lo permite puesto que el domicilio que consta del bebé es donde yo estaba empadronada ...el consintió eso...y yo ahora no se qué hacer la verdad porque la dirección del niño es la de empadronamiento pero si el juez dice lo contrario perderé a mi hija porque no puedo llaberla donde su padre exige...

Unknown dijo...

Hola mi hijo es menor de edad está enpadronada con migo puede sacarle el dni yo sola el padre del se encuentra fuera de españa

Unknown dijo...

Hola..mipareja está divorciado y su ex le sacó el DNI y eĺ no fue con ella..pyede ser eso posible.. y otra cosita,ella se niega a hacerle una fotocopia del DNI al padre...que puede hacer Él..???

Unknown dijo...

Buenas mi pregunta es si como padre divorciado puedo sacarle el DNI a mi hija?

Unknown dijo...

Como puedo solicitar una copia del dni de mi hijo al no haber sentencia.mi expareja se niega ha darmelo

Anónimo dijo...

Hola, un padre separado si no tiene la custodia, puede renovar el DNI al menor de 7 años sin la presencia de su madre, ella siendo de acuerdo,pero no quiere acompañar a su ex. Gracias!

Divorciado dijo...

Buenas,
Es posible si dispone de toda la documentación.
Lo puede solicitar a través de un burofax y si con ello no lo consigue, cómo siempre está la vía judicial.

Divorciado dijo...

Si tienes toda la documentación, sin problemas.
Eso sí, para evitar problemas te aconsejo una vez lo hayas obtenido se lo comuniques a la madre.

Divorciado dijo...

El que aparezca empadronada

Patry dijo...

Si yo tengo la custodia de mi hijo de 2 años necesito el DNI de su padre para hacérselo?