sábado, 24 de julio de 2010

La Corresponsabilidad en la custodia de los hijos

http://www.psoe.es/ambito/albacete/news/index.do?action=View&id=56623

Pilar López destaca la custodia compartida como un elemento de gran interés de la nueva ley de divorcio.
Custodia Compartida: Uno de los puntos más sensibles respecto a la nueva Ley de divorcio aprobada recientemente por el Gobierno, es el que se refiere a la custodia compartida de los hijos en la nueva estructura familiar.

12 Julio 05. Agrupación Socialista de Albacete.
A este respecto, la Diputada Nacional del PSOE en Albacete, Pilar López, ha querido reseñar cuáles son las características de este procedimiento, argumentando los compromisos del Gobierno del PSOE a tener de la puesta en marcha de la nueva Ley.

López ha dicho que el “Gobierno responde al mandato electoral de garantizar el interés del menor como valor especialmente protegido, porque los hijos no deben convertirse en la víctima de este tipo de procesos. El bienestar del menor y la salvaguardia de sus intereses son indispensables para nosotros.”

Otra de las líneas de actuación viene definida por la apuesta por no perpetuar más el rol de la mujer como ama de casa al cuidado de los niños, y la dignificación de la mujer en materia de pensiones tras la ruptura, modernizando y actualizando los tipos de compensación.
A este respecto López afirma que “la nueva Ley introduce, por primera vez, la regulación de la custodia compartida, porque creemos en la necesaria corresponsabilidad en la custodia de los hijos” añadiendo que “los 2 miembros de la familia han de concurrir en igualdad para asumir las cargas familiares en el cuidado de los hijos”.
La custodia compartida, ante la nueva Ley, se concederá cuando las partes estén de acuerdo, siempre que se respeten determinadas garantías que aseguren que dicha solución es la más adecuada, y se pueda llevar a cabo en beneficio del menor.

Las líneas maestras da la nueva Ley vendrían definidas por:
a.- El principio de corresponsabilidad parental en el cuidado de los hijos,
b.- la garantía de que el juez velará siempre en interés del menor,
c.- la protección del menor como elemento de prevalencia, y, lo que podría ser más importante, d.- se protegerá a las mujeres y a los menores en los casos de violencia de género donde se aplicará la ley contra la violencia de género, anulando así la que rige la custodia compartida.

La valoración de criterios por parte del juez, así como la atención y el cuidado de los hijos, son piezas clave en la puesta en marcha de la nueva Ley, garantizando la intervención de especialistas que valorarán las condiciones de la custodia para hacerla viable y el mejor pensado en el beneficio de los hijos.

Los plazos de la Ley
El Consejo de Ministros del Gobierno aprobó el 17 de septiembre de 2004 el Anteproyecto de Ley.
El 21 de abril de 2005 fue ratificado en el Congreso de los Diputados después de consensuar el texto con todos los grupos políticos.
El 22 de junio el texto se aprobó en el Senado, con la introducción de varias enmiendas, entre ellas una Transaccional a favor de la guarda y custodia ejercida de forma alterna, por parte de todos los grupos políticos a excepción del PP que se abstuvo en la votación.
El día 29 de junio se aprobó el texto definitivamente en el Congreso de los Diputados.

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